Cuba ordena industria informática con impacto en privados
Un paquete jurídico publicado hoy establece y norma la industria nacional de aplicaciones tecnológicas.
La Habana.- Desde que se aprobara en 2017 la política para el desarrollo de la informatización de la sociedad, el proceso carecía de un asidero jurídico que ordenara en la práctica lo que se enunciaba en el discurso.
Con algunos pendientes, un decreto-ley, dos decretos, un acuerdo del Consejo de Ministros y seis resoluciones, publicados hoy en la Gaceta Oficial, determinan las formas de acceso y participación de las personas naturales y jurídicas en la informatización.
Entre las contravenciones, constituye una violación hospedar un sitio en servidores ubicados en el extranjero, que no sea como espejo o réplica del sitio principal en servidores ubicados en territorio nacional. |
Así se define y regula por primera vez la industria de programas y aplicaciones Tecnológicas, con la que se espera sustituir importaciones y a la vez establecer una nueva cantera de productos exportables, en un momento de crisis económica.
Aunque se da prioridad a la empresa estatal socialista, según declararon funcionarios del Ministerio de Informática y Comunicaciones en rueda de prensa con los medios estatales, los beneficios y obligaciones que se asocian a la industria también se extienden a los trabajadores privados de esta área.
Para todos los actores involucrados se dispone la obligación de inscribir en un control administrativo del ministerio los programas y aplicaciones informáticas que se destinen a la comercialización, ya sea para uso doméstico o dirigido a la exportación.
Este paso es independiente a los procedimientos existentes para los derechos de propiedad intelectual.
También se define un reglamento para la producción y evaluación de las aplicaciones informáticas nacionales (modelo de calidad), con énfasis en la seguridad de las mismas.
Programadores privados
Para la participación de la gestión privada en la industria, quedan algunos pendientes.
De las actividades aprobadas como trabajo privado solo una “Programador de equipos de cómputo”, licencia que actualmente no se emite, se asocia a la innovación tecnológica.
En su descripción se deja en un limbo parte de las posibilidades de desarrollo en esta área, como los proyectos que incluyen software y hardware, y de los que ya existen experiencias en el país.
Según datos ofrecidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se registraron en 2018 más de 1.400 trabajadores con esta licencia. Aunque no es precisamente un medidor, ya que muchos jóvenes figuran como trabajadores contratados, especialmente cuando laboran para compañías extranjeras o proyectos privados. También otro grupo engrosa el empleo informal.
Si bien ahora se habilita el registro de aplicaciones informáticas para las personas naturales por parte de la cartera de comunicaciones, quienes hoy no posean esta licencia del sector por cuenta propia no pueden comercializarlas.
Los directivos de ese ramo aseguraron a la prensa nacional que se trabaja en la readecuación de la figura del programador de equipos de cómputo, que tendrá un reglamento específico.
Para el desarrollo de un mercado doméstico se respalda legalmente la incorporación de las aplicaciones nacionales a los dispositivos informáticos que se comercialicen en el país.
Por otra parte, se promueve el Parque Científico Tecnológico como estructura que debe dinamizar la innovación de los productores de aplicaciones tecnológicas incorporados a la Industria.
Muchos de los emprendimientos tecnológicos en la isla caribeña carecían de un medio para potenciar sus proyectos o insertarlos de forma competitiva en el mercado, y este pudiera ser un mecanismo si efectivamente se abre en la práctica a las personas naturales.
Gestión gubernamental y ciberseguridad
El impulso a los proyectos de gobierno y comercio electrónico desde plataformas seguras es otra de las líneas que promueven las normativas.
La validez de la firma digital para las personas jurídicas, con el empleo de certificados digitales de la Infraestructura Nacional de Llave Pública, pueden tener un impacto positivo en la gestión gubernamental y empresarial.
Por una parte implicaría mayor transparencia, dada las posibilidades de trazabilidad e inyectar dinamismo a trámites internos.
En materia de ciberseguridad se define el concepto de infraestructura crítica y los requerimientos para su protección, que debe garantizar la seguridad de operaciones en el entorno digital.
También se define una metodología para la gestión de la seguridad informática a nivel nacional y el reglamento para el control y los tipos de herramientas de seguridad que deben cumplir las redes privadas de datos, que fueron aprobadas hace un mes para personas naturales.
A favor de la ciudadanía también se cuenta la obligación de entidades y personas naturales de proteger los datos personales en soporte electrónico; garantía básica de privacidad que hasta el momento no había sido regulada.
Las reglas para la recopilación y el uso de la información tienen carácter público y se divulgan de forma oportuna y precisa para garantizar el conocimiento por las personas naturales y jurídicas.
Una de las grandes novedades es el establecimiento de un sistema de contravenciones asociadas a las TIC, siempre que no constituyan delitos, para las violaciones a la legislación vigente.
Entre las violaciones está comercializar o instalar equipos y demás dispositivos para brindar, facilitar o recibir servicios asociados a las TIC, sin la correspondiente autorización; así como difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas.
Las normas, de efecto inmediato, se incorporan al acelerado reordenamiento jurídico de los últimos dos meses, y a las medidas económicas con las que se intenta atenuar la recaída económica, entre las que se había declarado el impulso al proceso de informatización. (2019)
Un comentario
Yai
Hola, podría referirme al número de la gaceta oficial donde se encuentran estas regulaciones?? El hipervínculo señalado en » Gaceta Oficial» de este artículo no hace referencia a dichas disposiciones jurídicas.